06/09/2017
Gabriela Calderón de Burgos
El ex presidente demandó a este diario (El Universo) con la teoría de la “autoría coadyuvante”. El Juez Paredes sentenció a El Universo por haber sido el medio en el que se publicó la opinión de Emilio Palacio. El abogado del presidente explicó que el delito era haber “coadyuvado a la ejecución de un modo principal practicando deliberada e intencionalmente algún acto sin el que no habría podido perpetrar la infracción”. Además, dijo que esto se hizo no solo una vez sino en reiteradas ocasiones y de manera sistemática. Como los dueños de los medios no son ni deben ser administradores de la opinión pública, esta era una teoría descabellada. No sucede así con la administración de la cosa pública, dado que sus servidores, de todo nivel, incluyendo al presidente, deben a sus mandates una rendición de cuentas acerca de la administración de los recursos públicos.
En el pasado, Abdalá Bucaram fue enjuiciado penalmente por haber cometido peculado en el caso de la “mochila escolar”. Por este caso Bucaram pasó 20 años en el exilio. ¿Qué se utilizó para acusar al entonces presidente de tal delito? Un decreto mediante el cual Bucaram declaró en emergencia al sector educativo, lo cual habría “coadyuvado” un acto de corrupción. El ex presidente de la subcomisión del congreso que analizó el caso, Oswaldo Riofrío, argumentó que para la contratación de la empresa que proveería las mochilas “se buscó un camino ilegal” y que “saltándose todos los procedimientos necesarios, el ex presidente…Bucaram…firmó el decreto para la emergencia del sector educativo”.
Sin embargo, en tiempos de la Revolución Ciudadana, se han cometido perjuicios al estado muchísimo mayores y mucho más numerosos, en gran medida porque (1) coincidió con la mayor bonanza petrolera en la historia del país, (2) concentró mucho más poder y recursos en el Estado y (3) sometió las instituciones al “proyecto” de un solo partido político.
Hoy se responsabiliza al vicepresidente porque estuvo a cargo de los sectores estratégicos durante varios años y por muchas otras razones. Pero vale la pena recordar que también el ex presidente podría haber jugado un papel clave siendo él quien firmó decenas de documentos oficiales que podrían haber facilitado o posibilitado los actos de corrupción que hoy estamos empezando a conocer.
Aquí caben las siguientes preguntas: ¿Hubiera sido posible que se firmen esos contratos ahora cuestionados, como aquellos celebrados con Odebrecht, los de las refinerías del Pacífico y Esmeraldas y los de la comercialización del petróleo, si no hubiese firmado el ex presidente los múltiples decretos de emergencia y de estado de excepción que firmó? ¿Hubiera sido posible que se celebren esos contratos sin, por ejemplo, los convenios de alianza estratégica con empresas estatales de China, Uruguay y Venezuela?
La Constitución le da al Presidente amplios poderes, entre estos aquel de decretar un estado de excepción, poder que fue utilizado con abandono y de manera reiterada. El estado de excepción y las situaciones de emergencia están bien definidos en la Constitución y en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. ¿Se justificaba obviar los controles normales en la contratación pública considerando esas definiciones? ¿Con qué objetivo fueron esquivados?
*Este artículo fue publicado originalmente enEl Universo